Santiago, lunes 9 de marzo de 2009 Señor Carlos Estévez Seremi de Vivienda y Urbanismo Presente REF. Se objeta su ORD. Nº 625 del 11/02/09 Con fecha 05/03/09 recibimos su ORD. Nº 625 del 11/02/09, mediante el cual informa sobre nuestra denuncia del 20/10/08, complementada el 14/11/08, y apoyada (21/10/08) por la Junta de Vecinos Nº 13 Mario Baeza de Bellavista, comuna de Providencia, sobre diversas irregularidades cometidas con ocasión de la construcción de la Escuela de Derecho de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Andrés Bello, sobre la calle Bellavista en la comuna de Providencia. Nos llama la atención que, para este proyecto, Ud. nos diga que el Director de Obras de Providencia aprobó el anteproyecto Nº 36/08 del 24/07/08 y que, posteriormente aprobó el anteproyecto Nº 55/08 del 07/10/08, en circunstancias que ese Director de Obras nos informó a nosotros el 14/10/08 que, a esta fecha existía, un solo anteproyecto, sin indicarnos fecha ni número, ni tampoco nos manifestó que había ingresado una solicitud de permiso de edificación, acto administrativo que se habría otorgado el día siguiente, es decir, el 15/10/08. Nosotros, en nuestras comunicaciones, le dimos a conocer dos "Certificados de Informaciones Previas", ambos del 28/01/08 para el Rol Nº 00086-002 del SII. Uno de esos certificados para los predios que enfrentan a la calle Bellavista y otro para los predios que enfrentan a la avenida Santa María, en los cuales quedan muy en claro los diferentes tipos de edificaciones que se pueden construir en cada una de esa zonas : institutos en el primer caso y universidades en el segundo caso. Ud. nos informa que el permiso de edificación Nº 39/08 del 15/10/08 se otorgó para realizar un edificio de 5 pisos destinado a Instituto, el cual se está ejecutando sobre la calle Bellavista y también nos indica que, si en el futuro, se aumenta la cantidad de estacionamientos, se incrementará la exigencia al proyecto (sic) y que, de sobrepasar las 150 unidades exigidos en la norma, deberá presentarse el EISTU correspondiente. De ello se infiere que se autorizó un acto administrativo terminal, condicionado a lo que más adelante decida el titular del proyecto. Dado que la construcción que se ejecuta en la calle Bellavista no es "instituto", le recordamos que el uso de suelo urbano en las áreas urbanas se regirá por lo dispuesto en los planes reguladores, y las construcciones que se levanten en los terrenos serán concordantes con dicho propósito (artículo 57º LGUC). Puesto que nosotros, oportunamente y para acreditar nuestros dichos, le dimos a conocer un aviso publicitario de la Universidad Andrés Bello, en donde se aprecia la moderna edificación de su Escuela de Derecho sobre la calle Bellavista y en donde se asegura que en el segundo semestre del año en curso se inaugurará, le respondemos que el contenido de su ORD Nº 625 del 11/02/09 adolece de errores manifiestos que deberán ser subsanados en el transcurso de esta semana para evitar un nuevo hecho consumado, práctica habitual en este país. Atentamente, Patricio Herman
09 Marzo 2009
"Defendamos la Ciudad" denuncia a la Universidad Andrés Bello
"Defendamos la Ciudad" denuncia que la Universidad Andrés Bello está construyendo su Escuela de Derecho en un terreno no apto, según el Plan Regulador Comunal de Providencia. Lea carta entregada hoy lunes al Seremi de Vivienda y Urbanismo.
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